La AFIP extendió hasta el jueves próximo el plazo para recateogorización en el monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hoy, el plazo para realizar la recategorización del monotributo. La fecha próxima es hasta el próximo jueves 27 de julio inclusive, según se informó oficialmente. En un comunicado, la AFIP decidió prorrogar el plazo establecido para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/julio 2023.

El organismo fiscal aclaró que “los períodos de recategorización del monotributo se llevan a cabo en enero y julio y para evaluar si corresponde. Se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica”.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización del monotributo. Finalmente, el organismo señaló que “para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría”.

La fecha máxima para cambiar la categorización del monotributo es hasta el próximo 27 de julio.

¿Cómo sé si me toca la recategorización del monotributo?

En tanto, la AFIP remarcó que “para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos doce meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica”.

Y continuó: “Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización del monotributo”.

A su vez, el organismo enfatizó que “aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción”. Además, “si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización del monotributo”.

Fuente: Télam

Escrito por Desde Matanza
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