La AFIP oficializa beneficios para los monotributistas 

“La nueva ley es una herramienta fundamental para restablecer la equidad y la promoción de un régimen de inclusión tributaria y financiera”, dijo Mercedes Marcó, titular de la AFIP. Dicha ley beneficia a mas de 4 millones de monotributistas. El objetivo de la ley es actualizar lo correspondiente a parámetros y valores de categorías que son ingresados por los monotributistas. 

El beneficio principal de esta resolución es que permite establecer un régimen permanente que hace menos oneroso pasar al régimen general. Además, de no haberse introducido estos cambios, los monotributistas, convertidos en autónomos, no podrían experimentar un ahorro en su carga tributaria. En la misma línea, la ley contempla una reducción de IVA y Ganancias para aquellos contribuyentes que se pasen de régimen, beneficio previsto por 3 años. 

Cuestiones para considerar AFIP monotributistas 

Los valores de las categorías se actualizaron considerando el la variación del haber mínimo garantizado. Estas nuevas categorías pueden consultarse en https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp. Asimismo, a partir las cambios aplicados a estos valores, y a los parámetros en general, se produjo una categorización retroactiva. En otras palabras, quienes pertenecen al régimen simplificado están en una nueva categoría por única vez y de forma retroactiva. De esta forma, los monotributistas pertenecerán a la categoría que les corresponda, atendiendo a la nueva información suministrada por la AFIP. Así, los monotributistas podrán solicitar, hasta el 25 de junio inclusive, un cambio de categoría. 

Dentro de la página oficial de la AFIP también se hace referencia a los pagos de las diferencias. Por lo tanto, AFIP declara que “las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, podrán ingresarse a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles hasta el día 20 de julio de 2021”.

Por último, a través del portal “Monotributo”, a partir del 1 de julio del 2021 se podrá consultar sobre los valores de categorías y las diferencias mencionadas.  

 Escrito por Guadalupe Mercado  

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