¿Armas más accesibles? El Gobierno cambia el régimen de control de semiautomáticas

A través del Decreto 383/2025 publicado esta semana, el Poder Ejecutivo Nacional modificó el régimen vigente para la tenencia y adquisición de armas semiautomáticas de uso civil condicional, alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas militares, siempre que su calibre supere el .22 LR. La medida, firmada por el presidente de la Nación, establece que la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), dependiente del Ministerio de Seguridad, será la autoridad encargada de otorgar o rechazar las solicitudes de particulares que deseen portar este tipo de armas.

El nuevo esquema deroga el sistema de prohibición general que regía desde hace tres décadas y habilita un control administrativo individualizado. “Establécese un régimen de autorización especial para los actos de adquisición y tenencia de armas semiautomáticas”, expresa el decreto. Este paso habilita a la ANMAC a considerar solicitudes caso por caso, priorizando los usos deportivos y condiciones objetivas definidas por el organismo.

La normativa sustituye artículos clave del histórico Decreto 64/1995 y revierte la imposibilidad de transferir armas de este tipo a nuevos legítimos usuarios, una situación que había generado irregularidades administrativas. “Muchos de sus usuarios originales han fallecido sin que pudiera operarse su legítima transferencia”, reconoce el texto oficial.

Un cambio tras 30 años: se levanta la prohibición general sobre armas semiautomáticas civiles

En sus fundamentos, el nuevo decreto señala que el régimen de control actual se vuelve necesario luego de más de treinta años de restricciones que, con el tiempo, fueron endureciéndose. “Ha experimentado variaciones a lo largo de su aplicación, que en las últimas décadas conllevaron a la aplicación de criterios más restrictivos”, explica el decreto. La modificación apunta a equilibrar la seguridad pública con el uso lícito de materiales controlados, especialmente con fines deportivos.

Asimismo, se enfatiza en la necesidad de actualizar criterios administrativos y legales para brindar mayor claridad en torno a la tenencia responsable. “Los mecanismos de control deben reflejar un particular equilibrio entre la posibilidad de la adquisición o transferencia de tales armas de fuego, con los recaudos derivados de la seguridad pública o común”, se advierte.

La ANMAC, creada por la Ley 27.192 y dependiente del Ministerio de Seguridad, continuará siendo el ente encargado de controlar la aplicación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429. Con este decreto, además, queda reafirmada su autonomía técnica y jurídica para establecer los criterios objetivos que definirán qué usuarios pueden acceder a las autorizaciones. “Deberán acreditar probados usos deportivos y las demás condiciones objetivas que al efecto establezca la ANMAC”, precisa el nuevo artículo 3°.

El decreto también se ampara en lo que el Gobierno define como “el desarrollo de una política criminal en la materia”, al considerar que el control de armas debe actualizarse ante las nuevas realidades sociales, tecnológicas y jurídicas. La decisión ya genera debate entre sectores especializados por su potencial impacto en la circulación de armas de alto calibre en manos civiles.

Escrito por Desde Matanza

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