La noticia anunciada por el Boletín Oficial, también adhiere a las elecciones generales del próximo 22 de octubre.
La intención es “facilitar a los ciudadanos la emisión del sufragio. Procurando garantizar la mayor concurrencia a los actos eleccionarios”, según se sostiene en los fundamentos de la Resolución 435/2023, que lleva la firma del ministro de Transporte, Diego Giuliano.
“Establécese la prestación de los servicios de transporte público automotor urbano y suburbano de pasajeros de Jurisdicción Nacional y los servicios públicos de pasajeros ferroviario de Jurisdicción Nacional, Metropolitanos, Locales Extendidos, e Interurbanos Regionales, con carácter gratuito y frecuencia de día sábado como mínimo, los días 13 de agosto de 2023 y 22 de octubre de 2023, cuando se realizarán las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para la elección de candidatos y candidatas”, y “las elecciones generales”, sostiene el primer artículo de la norma.
El papel del Ministerio de Transporte ante la circulación de trenes y colectivos
Por su parte, el Ministerio de Transporte, compensará por los servicios prestados esos días a las jurisdicciones que adhieran a la medida; “y se comprometan al refuerzo y prestación de estos servicios con las frecuencias correspondientes como mínimo a días sábados y con gratuidad para sus usuarios”.
La cartera aseguró que las compensaciones se distribuirán “hasta un máximo de $ 293.000.000 entre las empresas prestadoras en la zona del AMBA. Siempre sobre la base de datos estadísticos disponibles a partir del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE); hasta un máximo de $ 267.000.000 entre las empresas prestadoras de los servicios urbanos y suburbanos que no pertenezcan al ámbito del Área Metropolitana de Buenos Aires”.
Esto se hará “sobre la base de datos estadísticos disponibles a partir de SUBE para aquellas empresas que hubieren implementado dicho sistema. Además, se complementará con la información disponible aplicada a la distribución del fondo previsto en el artículo 81 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 N° 27.701 para aquellas empresas que no hubieran implementado el sistema SUBE”.
Las jurisdicciones que adhieran a brindar el acceso a trenes y colectivos, deberán rendir cuentas en el plazo de 10 días posteriores a cada elección. Luego, el Ministerio realizará las transferencias compensatorias en igual cantidad de días después de aprobada la rendición de cuentas.
Las jurisdicciones tienen tiempo hasta el próximo 9 de agosto para remitir una nota, publicada en el anexo de la normativa.
Fuente: Télam
Escrito por Desde Matanza
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