Ayer, el Poder Ejecutivo Nacional sancionó la extensión del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) para todo el país. Aunque la medida había trascendido en la semana, recién se hizo efectiva con su publicación en el Boletín Oficial bajo el decreto de necesidad de urgencia 67/2021. La prórroga entra en funcionamiento el lunes y dura exactamente cuatro semanas, hasta el 28 de febrero. dispo clases presenciales
Tal como en el período anterior, la nueva etapa no aplica restricciones de circulación y limita mínimamente las actividades permitidas. Por lo pronto, trae algunas disposiciones nuevas. Quizás la más importante sea la adaptación del DISPO para el regreso de las clases presenciales, casi como una actividad esencial más. También deja margen de acción a los gobiernos provinciales y de la Ciudad para que, según su criterio epidemiológico y con la aprobación del gobierno nacional, limiten y restrinjan ciertas actividades.
La extensión llega solo un día antes de que venza el decreto sancionado el pasado 18 de diciembre. Mucho cambió desde entonces: comenzó la vacunación contra el Coronavirus, las provincias aplicaron restricciones nocturnas de circulación según el caso y algunas localidades del país regresaron al Aislamiento. Por otro lado, la curva de contagios ya muestra signos generales de desaceleración, después del delicado fin de año pasado.
El decreto lleva la firma de Alberto Fernández, el jefe de gabinete Santiago Cafiero y los veinte ministros de la nación. Significa la decimoctava prórroga de las medidas preventivas contra el COVID-19 que inauguró el Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio (ASPO) en marzo del 2020.
Actividades, circulación y ASPO: el decreto en detalle
En líneas generales, las disposiciones de la nueva extensión son las mismas que en la última etapa del DISPO. Para empezar, mantiene las reglas de conducta ya conocidas: “las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos (…) y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias”.
Las restricciones tampoco sorprenden. Las actividades sociales están limitadas a reuniones de 20 personas como máximo, con distanciamiento, tanto en espacios cerrados como en abiertos sin acceso público. Respecto a las actividades económicas, solo podrán realizarse aquellas “industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial”. Las actividades deportivas y artísticas están permitidas con protocolo y cuando no implique una concurrencia superior a 10 personas en lugares cerrados.
Una novedad es que no habrá ninguna ciudad del país en ASPO. Sin embargo, el texto observa que, de dejar de cumplirse cualquiera de los siguientes tres criterios, se podría volver al Aislamiento: tener “capacidad suficiente y adecuada” del sistema de salud, no poseer transmisión comunitaria sostenida del virus, y que la razón de casos confirmados (cociente entre los casos confirmados las últimas dos semanas y las dos previas) sea inferior a 0,8.
La libre circulación se mantiene para y entre todas las provincias, aunque el decreto hace lugar a restricciones particulares según la jurisdicción. Y hay un puñado de actividades prohibidas: los eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a cien personas; así como los cines, teatros, clubes y centros culturales -aunque habría lugar para protocolos que adecúen su uso-.
El protocolo para la vuelta a clases presenciales
Con el decreto de ayer, finalmente el poder ejecutivo comenzó a dar forma a la educación presencial para el ciclo lectivo 2021. “Están dadas las condiciones para un regreso seguro a las aulas”, había señalado ayer el ministro de educación Nicolás Trotta. A juzgar por las nuevas medidas, como veremos, el gobierno está tratando a la educación presencial prácticamente como una actividad esencial más.
“Podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones (…) del Consejo Federal de Educación [CFE]”, detalla el artículo 24 del decreto. Las autoridades provinciales “podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica”, siempre teniendo en cuenta los criterios del CFE.
Dos disposiciones en particular tratan a la educación como una actividad esencial más. En primer lugar, el decreto establece que, si resultase necesario “disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del virus” y aplicar mayores restricciones, “se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales”.
Segundo, el texto detalla que todas las personas que asistan a actividades educativas presenciales –personal directivo, docente y no docente; alumnos y alumnas y sus acompañantes- “quedan exceptuadas de la prohibición del uso de servicio público de transporte” donde esté restringido. Para viajar en transporte público, los pasajeros deben tramitar el permiso correspondiente en su variante escolar.
Las clases comienzan en todo el país entre mediados de febrero y principios de marzo. La Provincia de Buenos Aires ya tiene fecha: lunes 1 de marzo para la escuela primaria y lunes 8 de marzo para la secundaria.
Restricciones particulares para el AMBA
Para el gobierno la situación epidemiológica es relativamente similar en todo el país. Sin embargo, sí dictó ciertas restricciones que aplicarán solo al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Como es sabido, ello incluye a La Matanza.
Una de las diferencias entre el AMBA y el resto del país es que en el primero las actividades gastronómicas están limitadas a la ocupación del 30% de la superficie cerrada con respecto a la capacidad máxima del aforo. En las demás ciudades de Argentina se permite hasta el 50% de la ocupación. dispo clases presenciales
Asimismo, solo los pasajeros definidos como esenciales o quienes cuenten con el permiso correspondiente podrán utilizar el servicio público de transporte en el AMBA. Recordemos que, desde febrero, estarán habilitados los pasajeros que se desplacen en ocasión de las clases presenciales, también con el debido permiso. La autorización necesaria es el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” y se gestiona en www.argentina.gob.ar/circular.
Por su parte, desde el 11 de enero rige, para la Provincia de Buenos Aires, una restricción nocturna que suspende las actividades comerciales, culturales y deportivas entre la 1 y las 6 de la mañana. Aplica para 118 de los 135 municipios bonaerenses. Al respecto, el gobernador Axel Kicillof adelantó, esperanzado: “si siguen bajando los casos durante la próxima semana, estaríamos en condiciones de extender el horario nocturno de la 1 a las 2 de la mañana”. dispo clases presenciales
Este es el panorama para La Matanza y para el AMBA, sujetos a una etapa de Distanciamiento Social un tanto novedosa, pero otro buen tanto conocida.
Escrito por Manuel Román
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