Javier Milei anuló totalmente la ley de movilidad jubilatoria mediante un decreto que fue publicado este lunes en el Boletín Oficial. Con la firma del Presidente y su Gabinete, se formalizó el veto del decreto 782/2024, que revoca la norma aprobada por el Congreso. Esta ley, que había establecido un aumento del haber mínimo y una nueva fórmula para calcular los ingresos de los jubilados, queda sin efecto.
El Gobierno justifica el veto al indicar que “el proyecto de ley sancionado por el H. Congreso de la Nación es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”.
El veto se firmó el viernes por la noche, y su oficialización ocurrió esta madrugada. Además del Presidente, el decreto está firmado por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello; el ministro de Economía, Luis Caputo; la Canciller, Diana Mondino; el ministro de Defensa, Luis Petri; la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich; el ministro de Salud, Mario Russo; y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
El Gobierno argumenta que, si se implementara la ley, “implicaría para el Estado Nacional un gasto adicional al previsto de aproximadamente $6.160.000.000.000 para el año 2024″ y de $15.430.000.000.000 para el año 2025.” Además, señala que “de dar cumplimiento a la medida sancionada por el Congreso de la Nación dificultaría gravemente la sostenibilidad de las finanzas públicas de la República Argentina, ya que significaría la necesidad de obtener una fuente de financiamiento extraordinaria, imprevista, a efectos de afrontar su costo, sea a través de deuda pública o aumento de impuestos”.
La ley, ahora vetada oficialmente, mejoraba la situación de los jubilados en comparación con la fórmula actual del Gobierno. Entre sus disposiciones, establecía:
– El haber mínimo no debía ser inferior al valor de una canasta básica para adultos mayores, actualmente de 285 mil pesos.
– Un pago extra del 8 por ciento para alcanzar el 20,6 de la inflación de enero, en comparación con el 12,5 proporcionado por el índice actual del Gobierno.
– La fórmula de movilidad se basaría en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y en los salarios promediados en el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
– La actualización se realizaría semestralmente, con un aumento adicional anual en marzo, correspondiente al 50 por ciento de la diferencia entre la variación salarial y la inflación.
– Las deudas de las cajas previsionales provinciales deberían ser cubiertas por la ANSES o con fondos de impuestos nacionales, como el del cheque, PAÍS e IVA, sin afectar el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES.