La pensión está dirigida a los familiares de los trabajadores esenciales fallecidos por Covid. (Tema: ANSES COVID)
La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) confirmó que se volverá a pagar la Pensión Vitalicia para víctimas de Covid-19. La misma se estableció mediante la Ley 27.549. Este beneficio consiste en un monto equivalente a dos jubilaciones mínimas que se dará de por vida. Por lo tanto, consistiría en la suma de $65.260, si se toma la última actualización a marzo de 2022 de las jubilaciones.
Una de las condiciones necesarias para acceder al beneficio es que la persona fallecida por Covid-19 haya realizado alguno de los trabajos considerados esenciales. También, es necesario que la víctima haya fallecido antes del 31 de diciembre de 2020. Se puede solicitar en el transcurso del año de ocurrido el fallecimiento del titular de la prestación.

Son considerados trabajos esenciales los trabajadores de la salud pública y privada;
trabajadores de centros de salud y hospitales; trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad. También los son bomberos, empleados de correo, empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios, y trabajadores de migraciones.
Aquellos que pueden acceder al beneficio son los familiares de trabajadores esenciales fallecidos. Esto incluye al esposo/a conviviente y personas a cargo del trabajador fallecido.
También, a los hijos menores a cargo de la víctima, quienes pueden tener hasta 21 años. En casos de tengan alguna discapacidad o se deba cumplir con alimentos fijados, se extiende hasta los 25 años.
El primer paso para acceder al beneficio es iniciar la gestión ante ANSES.Luego se deberá presentar el DNI de quien solicita la pensión, la partida de defunción del trabajador esencial y la factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación. Además, será requerida la documentación médica que respalde que la persona falleció por Covid, es decir, estudios, análisis de laboratorio e historia clínica.
Debido a que el trámite puede demorar meses en finalizar, la pensión será cobrará desde el momento en el que se inicia la gestión.
El trámite por Internet se puede hacer a través de la página servicioscorp.anses.gob.ar, donde se podrá presentar toda la documentación requerida. La otra opción es hacer el trámite presencial, por lo cual se pide un turno en ANSES para concurrir a la oficina mediante la página web para luego presentar la documentación.