La Prestación Básica Universal (PBU) y Obligatoria a Internet, teléfono y otros servicios está disponible en el sitio oficial del ENACOM, con toda la información que se requiere para acceder a este beneficio. El objetivo que tiene la PBU es garantizar el derecho de acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en cualquiera de sus plataformas.
En principio, desde el gobierno emitieron un decreto de Necesidad y Urgencia 690/20 que establece la PBU y la Resolución 1466/20 autorizó que desde el 1 de enero último los licenciatarios de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) brinden una Prestación Básica Universal.
Por lo tanto este decreto establece el acceso a internet, radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico, radioeléctrico o satelital y telefonía fija y de comunicaciones móviles.
Se estima que todos aquellos usuarios que estén dentro del universo especificado por lo pactado por el ENACOM podrán solicitar la PBU y las empresas prestadoras deberán garantizar el servicio a quiénes presenten la Declaración Jurada de Prestación Básica Universal. De esta manera, la declaración jurada (DDJJ) ya se encuentra disponible en el sitio web del ENACOM.
Hay que tener en cuenta que si la empresa prestadora del servicio no garantiza esta prestación, se debe iniciar el reclamo enviando el formulario online al ENACOM para el seguimiento correspondiente. Ese formulario está disponible en el sitio del ENACOM, a su vez los trámites de la Prestación Básica Universal se realizan en la empresa prestadora del servicio.
Las compañías prestadoras de los servicios de telefonía fija, móvil, Internet y TV por cable, deberán garantizarles a los usuarios distintas prestaciones mínimas.
Por ejemplo, de telefonía móvil nos encontramos con un pack de $150, 500 minutos misma compañía, 50 minutos otras compañías; 500 SMS; sitios web y 0800 liberados, gob.ar/edu.ar/uba.ar y hasta 30 sitios diferentes; Whatsapp, solo textos.
Para los paquetes de datos hay dos opciones para elegir:
*Opción A: valor final de $200 por un 1 GB de datos.
*Opción B: valor final de $18 por 50 MB de datos por día.
En cuanto a la telefonía fija, se ofrece un pack que tiene un valor final de $380, que incluye 300 minutos de llamadas locales y de larga distancia nacional, a destinos fijos nacionales. Además de las llamadas libres a 0800 y números cortos de emergencia. Sin embargo en el servicio de Internet domiciliaria, no se incluye Internet satelital.
Asimismo los prestadores que tienen mas de 50.000 clientes en el AMBA deberán ofrecer una velocidad de conexión de 10 Mbps por $700 finales y mensuales; y en el resto del país, la velocidad deberá ser de 5 Mbps por el mismo importe.
En el caso de prestadores de entre 2000 y 50.000 abonados, la velocidad será de 5 Mbps por $700 mensuales. Por otra parte, el beneficiario podrá elegir acceder al Plan de Menor velocidad con un descuento del 30%.
Y los prestadores con menos de 2000 clientes la velocidad será de 2 Mbps por $600.
En relación al servicio de televisión por cable, encontramos que las prestadoras con más de 50.000 clientes el porcentaje de descuento debe ser del 30%; entre 100.000 y 500.000, el descuento es del 25%; en el caso de las compañías que tienen entre 30.000 y 100.000, el ahorro es del 20%.
Los que pueden recibir estas prestaciones son aquellos beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, de Pensiones no Contributivas con ingresos mensuales brutos no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
Además de todos los usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social, jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
También los trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere los dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles. Además, los que perciban seguro de desempleo, los incorporados al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
A su vez, todo aquel que perciba el Progresar, algún programa social, clubes de barrios y de pueblos registrados por la Ley 27.098. TELÉFONO INTERNET
Como de igual manera podrán acceder, las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218.
Todos los usuarios deberán presentar una declaración jurada, que se descarga de la web del ENACOM, ante las empresas prestadoras de los servicios mencionados. TELÉFONO INTERNET PRESTACIÓN BÁSICA UNIVERSAL
Deberán completar los siguientes datos: nombre, apellido, razón o denominación social (si corresponde), CUIT o CUIL, domicilio y firma. Y luego, se deberá llenar un formulario, que no tiene carácter de trámite pero es necesario para realizar cualquier tipo de reclamo a las empresas correspondientes.
Escrito por Lorena Papaianni
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