
Un nuevo fallo judicial ha permitido a los municipios continuar cobrando tasas a través de las facturas de servicios públicos. El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, estableció una medida cautelar por seis meses que beneficia al Municipio de Pilar, el cual inició la causa.
La reciente decisión se dio tras escuchar los argumentos de los abogados del Ministerio de Economía, que habían presentado una defensa respecto a la resolución del gobierno nacional que prohibía la inclusión de estas tasas en las facturas. Aunque esta medida se aplica específicamente a Pilar, el juez fundamentó su fallo en normas locales que respaldan la autonomía de las intendencias.
El Municipio de Pilar había cuestionado que la resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio les impedía cobrar la Tasa de Servicios Generales en la factura de luz de EDENOR y la tasa de Vigilancia en la boleta de gas de Naturgy BAN. Sin embargo, el Ministerio de Economía argumentó que su decisión no obstruye el cobro de tasas, sino que prohíbe la facturación conjunta que podría afectar la percepción del servicio debido a altos montos en la factura.
El juez destacó que las leyes provinciales permiten a las empresas eléctricas cobrar en nombre de las municipalidades, lo que respalda la inclusión de estas tasas en las facturas. Además, subrayó que la Constitución Nacional y la carta magna provincial garantizan la autonomía de los municipios para dictar sus propias ordenanzas y gestionar sus recursos económicos.