
La sentencia se homologó por el juez Federico Salva del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 27. Fue tras un juicio abreviado que propusieron el fiscal Diego Rodríguez Montero y las defensas de los policías Luis Alberto Norte (65) y Marcelo Alfredo Elías (48).
En el fallo al que Télam tuvo acceso, el magistrado dispuso que ambos paguen 71.000 pesos de multa. Quedaron como coautores del delito de “malversación de caudales culposa”, luego de que la fiscalía determinó que no hubo dolo en su accionar.
Según la sentencia, el 1 de enero de 2008 un sargento extravió su pistola calibre 9 milímetros marca Browning. Luego, la secuestraron el 23 de septiembre de ese año. Esto durante un allanamiento que se realizó en una vivienda del barrio Güemes. Lugar que está en la Villa 31, y quedó a resguardo en la armería de la seccional policial.
En la investigación de ese crimen, el informe de la División Balística de Gendarmería Nacional determinó algo importante. Fue que los cinco proyectiles que se extrajeron del cuerpo de la víctima fueron disparados por la misma pistola. Todo lo cual se corroboró por la ampliación de la pericia que fuera solicitada por los acusados.
“Al momento de realizarse el allanamiento en la comisaría, se encontraba a cargo del recinto de armas, el cabo Marcelo Alfredo Elías, quien indicó que las personas responsables del cuidado de los elementos allí existentes eran el jefe de la dependencia (Norte) y el nombrado, encontrándose el sector cerrado al resto del personal, siendo que ellos solos eran los que tenía las llaves para el ingreso a la misma”, sostuvo el fallo.
Sin embargo, “no se pudo establecer una relación concreta entre los condenados por el homicidio de Veizaga y el personal de la comisaría 46”.
De esta manera y por el delito endilgado que solo estipula una multa, ambos deberán pagar 71.000 pesos. Esto será dentro de los próximos 10 días corridos. Así lo determinaron, tras tener en cuenta como agravantes “las funciones que cada uno cumplía en la Seccional interviniente, el valor del bien sustraído como el hecho para el cual se utilizó el arma que se sustrajo de la dependencia policial”.
El crimen de Veizaga ocurrió el 15 de marzo de 2009. Fue entre las 20.15 y las 21. Momento en el que caminaba junto a su novia en las inmediaciones de la Manzana 32. Barrio denominado YPF, de la Villa 31.
En mayo de 2015, la Corte Suprema confirmó la condena del TOC 19 a 17 años de cárcel para Abel Carlos Federico Moreira y Jonathan Gabriel Frías por el homicidio cometido en el marco de una añeja disputa entre dos grupos antagónicos, “Los Violines” y “Las Larvas”.
“Los atacantes, al ver a Veizaga, gritaron ‘un larva’ y simultáneamente cubrieron sus cabezas con capuchas, extrayendo al menos tres armas de fuego con las que comenzaron a dispararle a Veizaga, quien intentó en vano huir del lugar, recibiendo en su cuerpo once impactos de bala, que poco tiempo después provocaron su muerte cuando se le prestaban los primeros auxilios en el Hospital Fernández”, determinó la justicia.