El decreto 375/2021 fue publicado en el Boletín Oficial para estandarizar las medidas corporales, en el calzado y los uniformes de trabajo. Esto significa que cada marca no podrá decidir su propia curva de talles, sino que será impuesta. Tanto es así que el INTI (Instituto Nacional de Tecnología e Industrial), llevará a cabo un estudio antropométrico en un plazo de 240 días. El cumpliento de la Ley lo aplicará la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, y habrá sanciones si se rompe la misma. Igualmente hay excepciones: Los diseños de autor y de “Alta Costura” están exceptuados a la norma. LA LEY DE TALLES

Gracias al activismo de @Anybodyargentina, una ONG feminista que lucha contra los estereotipos de belleza hegemónicos, se logró promover y reglamentar esta ley. Desde su cuenta de instagram desmantelan los derechos que le son vulnerados a las personas que no “encajan” en un sistema desigual.
Es una Ley postergada, marginada que viene cargando sobre sus hombros una lucha de más de veinte años. En el 2019 se aprobó, pero no pudo ser llevada a cabo por la pandemia. Aún así, entre idas y vueltas, la semana anterior, se dio un gran salto hacia la diversidad de cuerpos que salen de siluetas preestablecidas. La vigencia de esta ley apunta a un registro único de talles que va de lleno contra de la exclusión de figuras “no ideales”.
Por otro lado, la fabricación, confección, comercialización y exportación deberá ser destinada a la población a partir de los 12 años de manera obligatoria en todo el país. También Será acto de discriminación las prácticas estigmatizantes referidas a la edad, identidad de genero u otra característica del consumidor. Aunque para todo esto habrá que esperar un poco más, ya que recién se tendrá todo listo para el 2022.
La tendencia a la incertidumbre: ¿Cuáles son los nuevos rumbos de la moda en plena pandemia?