Se trata de una firma que “no pudo justificar la adquisición de ese derivado financiero durante 2015 y que le permitió obtener ganancias millonarias con la devaluación registrada a fines de ese año tras la asunción de Mauricio Macri como presidente”, indicaron desde AFIP mediante un comunicado.
La sanción se da a la empresa por no haber podido demostrar con documentación que las operaciones no hayan tenido un fin especulativo. En consecuencia la Dirección General Impositiva determinó que “correspondía gravar las utilidades obtenidas”. De esta manera, “se realizaron ajustes por el mencionado Impuesto Extraordinario, intereses y multas por más de $ 2.000 millones”, señalaron.
La AFIP llevó adelante una fiscalización sobre contribuyentes e identificó numerosos incumplimientos del Aporte Solidario y Extraordinario por única vez del 15% sancionado por el Congreso a fin de 2016 sobre las utilidades generadas con ese instrumento financiero.

Los contratos a dólar futuro son acuerdos entre dos empresas a una fecha lejana o próxima en el tiempo. Lo particular de estas asociaciones es que se intercambia un bien/producto/servicio a un valor especulativo en el tiempo. En el caso de Argentina, las especulaciones con el dólar son constantes por lo que esta empresa agroexportadora arreglaba incluso aunque el valor de la moneda no llegase a esos números. Como consecuencia, las sumas de ganancias se volvieron injustificables.
En este caso, se trata de una firma que, de acuerdo a la AFIP, pertenece a un grupo multinacional. La misma “había contratado estos instrumentos derivados para, supuestamente, obtener cobertura ante una eventual suba en el tipo de cambio oficial que pudiera impactar negativamente en sus operaciones de comercio exterior”. Es decir, cobraron sus productos/bienes/servicios a un dólar inexistente al momento. En consecuencia, pudieron incrementar sus ganancias y no justificarlas al mismo tiempo.
En tanto, la norma establecía que las coberturas que tuvieran una finalidad comercial no estaban sujetas al impuesto, pero en función de la fiscalización y control llevado adelante por el organismo “no fue posible vincular los contratos de dólar futuro con los pasivos sobre los cuales se pretendía justificar la cobertura y con los pagos realizados por la empresa”, precisó el organismo recaudador.
Fuente: Télam
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