PAGO SERVICIOS : Ordenaron a las empresas electrica no cortar servicio por falta de pago en consumo sin registro

El ENRE la orden a las distribuidoras eléctricas de no suspender el servicio por falta de pago en consumos que no tienen registro.

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Escrito por: Abril Peralta | Publicado: 18 de Febrero de 2021

PAGO SERVICIOS

Dieron la orden a las distribuidoras elèctricas, de no suspender el servicio por falta de pago en consumos que no tienen registro. El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE )hizo oficial esta orden a Edesur y Edenor. Ambos no podràn suspender los servicios por la falta de pago en consumos que no tienen registro.

Serà con el objetivo de  “respetar el derecho de defensa de las personas usuarias”. Ademàs, “brindarles información adecuada y veraz acerca de los montos que se pretenden cobrar y su procedencia”, segùn sostuvieron. PAGO SERVICIOS

Esta medida se oficializò con la publicaciòn de la resoluciòn 37/2021. La misma fue publicada hoy, jueves 18 de febrero, en el Boletìn Oficial.  La orden fue dada a Edenor y a Edesur. La resoluciòn ordena a los organismos mencioandos a suspender la exigencia del pago de notas de dèbito y liquidaciones que sean complementarias. Ademàs, la medida implica que las empresas electricas deberan abstenerse del corte de servicios por lo antes mencionado.  PAGO SERVICIOS

Segùn explicaron fuentes oficiales, el enorme incremento de reclamos pro prte de los usuarios de Edenor y de Edesur, se origina en su mayorìa pr aplicaciòn de consumos que no fueron registrados.

¿Por cuánto tiempo? PAGO SERVICIOS

La medida implica la suspensión de la aplicación de cargos por un tiempo determinado. El mismo será hasta que “se audite la información requerida a las distribuidoras acerca del modo en que se llevan a cabo los procedimientos para la aplicación del CNR”, sostuvieron.

Los procedimientos mencionados, segùn explican las autoridades del ENRE, deben ser respetuosos del derecho de defensa del usuario. Segùn afirman, además deben brindarles “información adecuada y veraz acerca de los montos que pretenden cobrar y la procedencia”.

Existen ciertos momentos en los que las distribuidoras estàn habilitadas para emitir facturas que sean complementarias. Estas facturas complementarias estarían en relación al recupero de CNR, pero segùn el Reglamento de Suministro, se establecen “requisitos puntuales” para que sea permitida la inclusión de cargos para el recupero de energía.

De todas maneras, según asegurò Soledad Manin, interventora del ENRE, se “está avanzando con la reglamentación del procedimiento a seguir por parte de Edenor y Edesur para lograr corregir estas desviaciones”. 

Escrito por Abril Peralta

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