El Código Civil y Comercial establece que para poder adoptar es necesario cumplir con los siguientes requisitos: Adoptar niños
La adopción puede ser unipersonal o de pareja, siempre que los postulantes se encuentren casados o hayan registrado una unión civil-convivencial.
Desde la Justicia, brindarán charlas informativas destinadas a personas interesadas en adoptar.
“Guardas con fines de adopción” es el nombre empleado para quienes se inscriben a cuidar niños que no tienen padres, o aquellos que están a cargo de un juez por motivos de violencia o abuso relacionados con sus familiares cercanos.
El deber de los aspirantes a Guardas es brindarles un hogar a los niños mientras se resuelve su situación en el ámbito judicial.
A su vez, se trata de fines de adopción ya que las familias suelen encariñarse mutuamente con los jóvenes, y se incorpora la opción de adoptarlos.
Los encuentros informativos se realizan el primer viernes de cada mes, en modalidad virtual y es posible participar de las mismas a través de la plataforma Microsoft Teams o desde el Canal SCBA.
Las próximas fechas serán: 1º de octubre de 2021, 5 de noviembre de 2021 y 3 de diciembre de 2021.
Inclusión del cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgénero