
El programa Compre sin IVA, de devolución de ese tributo en adquisiciones de productos de la canasta básica, comenzó a regir hoy en todo el país, en cumplimiento de la resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía.
Establece la devolución de la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica, afectados en su mayoría por una alícuota del 21%, y tiene un tope de reintegro mensual de $ 18.800. En cuanto al universo de beneficiarios, abarca a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles; así como quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.
De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados. También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo. Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo solo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.
Hasta ayer el reintegro regía únicamente para jubilados de hasta tres haberes mínimos (con tope de $ 18.000 mensuales); beneficiarios de las asignaciones universales por hijo (AUH), por embarazo (AUE) y pensiones no contributivas, con techo, en estos tres últimos casos, de $ 4.056.
Para acceder al beneficio se debe abonar con tarjeta de débito física o a través de pagos con débito con códigos QR. Luego de la transacción, el monto se reintegra a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas; dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0 y las 17 del mismo día. Y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17.
Se puede acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas. Esto incluye mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.
La iniciativa se extiende hasta el 31 de diciembre próximo, y busca “mejorar el ingreso disponible. Además de la capacidad de compra de los sectores más vulnerables.
Fuente: Télam
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